El sector de la construcción pendiente de la definición del estándar EECN

ID-10070608 (1)Según una directiva de la Unión Europea publicada en 2010, sobre eficiencia energética de los edificios, en 2020 toda nueva construcción deberá tener un consumo de energía casi nulo (EECN). Establece además que después del 31 de diciembre de 2018, también lo tengan los edificios nuevos de las administraciones públicas.

Dicha directiva (2010/31 ) define un EECN como “aquel edificio que tenga un nivel de eficiencia energética muy alto. Además, la cantidad casi nula o muy baja de energía que requiera debería cubrirse, en muy amplia medida, por energía procedente de fuentes renovables, producida in situ o en el entorno“. Señala, además, que cada país deberá concretar su estándar de ECCN, adaptándolo a sus características y normativas particulares,  así como realizar un plan nacional para promover este tipo de edificios. Algo que han hecho 15 países hasta el momento. Los otros 9, entre ellos España   -cuya competencia corresponde al Ministerio de Fomento- se encuentran en la fase preparatoria.

Los agentes involucrados -arquitectos, constructores, fabricantes de materiales, etc- se encuentran expectantes ante una norma decisiva en el modo en que el que se va a edificar los próximos años. Los profesionales del sector dan por hecho sin embargo que el ECCN equivaldrá a un edificio con certificado “A” de eficiencia energética, según la modificación realizada en 2013 del Documento Básico de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación (CTE).

Para hacernos una idea de la importancia que conllevará la transposición de la directiva europea a nuestro ordenamiento y de lo diferente que va a ser por ley construir en adelante en comparación con lo que se ha venido haciendo en el pasado, resaltar que solo el  0,5% de los edificios certificados en nuestro país dispone de calificación “A” en el certificado energético. De la escala de siete letras en que se divide, la más habitual es la E, con más de la mitad. Dicho examen mide el nivel de emisiones de CO2 debido a su demanda de energía para obtener unas condiciones de confort térmico y lumínico en comparación con las dimensiones del edificio, teniendo en cuenta aspectos como la calefacción, el agua caliente sanitaria, la  refrigeración, la ventilación y la iluminación. Si éste se encuentra entre la “élite” que emite menos de 6,8 kg de C02/m2 al año, conseguirá la máxima nota. Si supera los 70,9 recibirá  la peor (la G).

Por tanto, la adaptación de la 2010/31/UE va a obligar a construir de una manera más racional y respetuosa con el medio ambiente, que no suponga un despilfarro en energía para climatizar los edificios  y disminuya la contaminación procedente de los mismos, causantes hoy de más del 40% de las emisiones de CO2 a la atmósfera.